TECNICAS DE ORATORIA PARA ABOGADOS

LUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS PROVINCIAL DE ZAMORA.

El Colegio de Abogados de Zamora muestra su disconformidad con el acuerdo del CGPJ de 25 de mayo de 2.017, publicado en el BOE el día 27, por el que se atribuye a determinados Juzgados el conocimiento de todos aquellos asuntos relativos a las condiciones generales incluidas en los contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, entre los que se encuentran las demandas para la nulidad de las clausulas suelo. Dichos Juzgados tendrán carácter uniprovincial –uno por provincia-, localizándose en la capital de cada Provincia.

El Colegio de Abogados considera que la implantación de estos Juzgados supondrá graves inconvenientes para un amplio sector de la población:

Para los ciudadanos, ya que, en lugar de producirse un acercamiento de la Justicia, elogiando el derecho fundamental que tenemos los españoles a la tutela judicial efectiva, se va a contribuir a un alejamiento de la justicia, provocando en muchos de los afectados un aumento de los gastos y perjuicios que conllevará el proceso, aumento que puede ser considerable, ya que deberán desplazarse desde su domicilio a otro lugar donde plantear su legítima pretensión.

Para el Colegio y los abogados adscritos al turno de oficio, debido a la previsible aparición de una numerosas solicitudes de Justicia Gratuita para defender estos asuntos por el turno de oficio, obligándose a los Letrados adscritos al turno a desplazarse desde otros partidos judiciales para la celebración primero de la Audiencia Previa y posteriormente del Juicio, con el consiguiente gasto y dificultad en saber quien lo asume.

Y en definitiva para toda la provincia de Zamora, y sus partidos judiciales ya que, con la creación de estos Juzgados lo único que se está contribuyendo, y además de forma muy eficaz, es a la despoblación de estos núcleos, dejando sin contenido, poco a poco sus Juzgados,

No encontramos razón lógica que justifiquen dicha comportamiento, por lo que solicitamos se deje sin efecto.

Zamora, 1 de junio de 2017

ULTIMAS SENTENCIAS GANADAS TEMA PREFERENTES , SUBORDINADAS Y PRODUCTOS TOXICOS BANCARIOS

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Caja España mintió al garantizar por escrito la inversión a dos compradores de híbridos

MAS…..http://afectadospalencia.blogspot.com.es/2014/03/un-pastor-de-bermillo-recupera-78000.html

El juez condena a la entidad a devolver 100.000 euros a madre e hijo l El director aseguró a los afectados que su dinero estaba a salvo

01.02.2014 | 01:09

Caja España mintió al garantizar por escrito la inversión a dos compradores de híbridos Foto Emilio Fraile

S. RAMOS «El nominal está garantizado y gozan de liquidez en cualquier momento en el mercado secundario interno de esta entidad». El certificado que rubricó el director de la oficina de Caja España de Alcañices es lo que ha permitido a dos vecinos de la comarca, madre e hijo, a recuperar la inversión de 40.000 y 60.000 euros, respectivamente, invertida en participaciones preferentes mediante sendos contratos firmados en abril del año 2009. Además deberán cobrar los intereses del dinero desde esa fecha hasta hoy, según la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Zamora, que atendió favorablemente la demanda interpuesta por los abogados José Antonio Tejedor Baladrón y Gabino Carro Espada, del gabinete Carrespa contra Banco Ceiss, en la que pedían la nulidad y resolución del contrato de preferentes firmado por los mencionados clientes, cuyas identidades corresponden a las iniciales T.F.F. y M.A.F.P.

La representación legal de Banco Ceiss, en la contestación a la demanda, aportó algunos documentos firmados por los contratantes, entre otros el test de conveniencia rellenado por la madre, el contrato básico Mifid o las órdenes de valores, aunque otros no estaban rubricados, como el resumen explicativo de la condiciones de la emisión de participaciones preferentes, serie I. «Es cierto», dice el juez, «que en el documento 2 en trece líneas se hace referencia nada menos que en 22 ocasiones a la palabra «riesgo» explicando el riesgo que tiene cada producto, aludiendo, en relación a las participaciones preferentes, tanto el riesgo de crédito y al riesgo de liquidez, explicando seguidamente, de una manera clara y que no induce a confusión que «el riesgo de crédito implica la posibilidad de incumplimiento de las obligaciones por parte del emisor» y que «el riesgo de liquidez implica la posibilidad de que el producto financiero no pueda ser vendido fácilmente, antes de su vencimiento, sin sufrir pérdidas importantes de su capital». El juez admite que «una mínima lectura de este texto llama la atención sobre la existencia de riesgo».

Pero resulta que los clientes, al leer estas cláusulas que les generaron dudas, «acudieron nuevamente a la entidad para asegurarse si el producto estaba garantizado». Y es cuando el director de la oficina les expide el documento que certifica que «el nominal está garantizado y gozan de liquidez en cualquier momento en el mercado secundario interno de esta entidad.

Y para que así conste y a petición del interesado y para que surta los efectos oportunos, expido la presente en Alcañices, a 14 de abril de 2009». La «rotundidad» del documento del banco es lo que ha desnivelado la balanza judicial a favor de los demandantes, que así pueden recuperar su dinero.

La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

Ausbanc reitera que los tribunales son «el mejor camino»

Responsables de la delegación de Salamanca de la asociación de afectados por las prácticas bancarias Ausbanc acudieron ayer a la capital donde comunicaron a los preferentistas que, pese a los avances vividos en las últimas jornadas, la vía judicial sigue siendo el mejor camino para recuperar sus ahorros íntegramente. Ausbanc coordina las demandas de miles de preferentistas en todo el país.

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Desbloqueadas las obras del canal Toro-Zamora en la zona de Villagodio

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Desbloqueadas las obras del canal Toro-Zamora en la zona de Villagodio

La comunidad y el propietario que había paralizado los trabajos llegan a un acuerdo para terminar el conflicto

09.06.2014 | 12:12

Zona afectada por los trabajos del canal. Array

CARLOS GIL Las obras de modernización del Canal Toro-Zamora que se encontraban paralizadas en uno de los sectores de Villagodio, podrán proseguir a partir de la próxima semana, al llegar a un acuerdo la Junta de Gobierno de la entidad con el propietario que impedía el paso de la maquinaria por sus tierras. Según informó el abogado de la Comunidad, Gabino Carro, ambas partes han llegado a un acuerdo por el cual la Comunidad retira todas las acciones que había emprendido contra este propietario, mientras este accede a que las máquinas puedan entrar en sus tierras para realizar los trabajos de modernización a partir del próximo lunes.

Ambas partes han mantenido una agria discrepancia al considerar el propietario que la Comunidad no estaba respetando sus derechos, al no querer asumir los gastos de siembra, en tanto que el Canal Toro Zamora entendía que había sido el partícipe quien había tomado una medida desproporcionada, al impedir el paso de las máquinas, que podría haber provocado un retraso que a su vez produjese incluso una pérdida importante de subvenciones, además de los perjuicios de la paralización de las obras.

La Comunidad llegó a presentarse en los juzgados de Zamora con el fin de conseguir que el propietario cambiara de actitud. Y también llegó a plantearse «resucitar» la figura del jurado de riego, una jurisdicción propia de las comunidades de regantes para aplicar justicia en normas de su competencia que sigue vigente en otros lugares y también en el Canal Toro Zamora, aunque hace al menos un cuarto de siglo que no se utilizaba.

El Jurado de Riego llegó a abrir un expediente sancionador por la paralización de las obras de la zona de Villagodio a finales del pasado mes de mayo. Se llegó a formular una cédula de notificación al denunciado para que acudiera a la vista del juicio de faltas que se debía ventilar en la sala del Jurado de Riego, situada en la estación de bombeo de Montelarreina por «infracción de las ordenanzas del Canal Toro Zamora».

En principio la infracción que podría ser aplicable al caso era la vulneración del artículo 35 y siguientes de la Ordenanza de la Comunidad de Regantes del Canal Toro Zamora que dice que «cuando una obra sea declarada de interés general por la Comunidad de Regantes todos los partícipes vienen obligados a autorizar el acceso a sus fincas a los encargados de realizarlas y permitir que sobre ellas se realicen cuantas actuaciones sean necesarias para el buen fin de la misma».

La infracción acarrea multas de 20 a 24.000 euros y el abono de daños y perjuicios que podrían alcanzar la cuantía de 600.000 euros, además del corte de suministro de agua.

Una joven, indemnizada por quemaduras en sus piernas tras una sesión de fotodepilación 

SENTENCIA PENAL IMPAGO PENSIONES 

Un padre, absuelto de impago de pensión porque había prestado a la exmujer 6.600 euros

MAS SOBRE LA SENTENCIA PINCHANDO AQUI:    http://custodiapaterna.blogspot.com.es2014/01/un-padre-absuelto-de-impago-de-pension.html

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SENTENCIA ADMINISTRATIVA A FAVOR DE AYUNTAMIENTO

Condenado un concejal en MORALEJA DEL VINO  a una multa de 600 euros

FIESTA COLEGIAL ABOGADOS ZAMORA 2014

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SENTENCIA DAÑOS PRODUCIDOS POR EL LOBO 

La Junta recurre la ‘sentencia del lobo’, que le obliga a pagar 25.000 euros a un ganadero

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1    http://www.agrestecaza.com/ver_noticia.asp?id=92

2     http://www.elmundo.es/elmundo/2009/05/03/castillayleon/1241368728.html

SENTENCIA DESAHUCIO

Sentencia A.P. Zamora 99/2010 de 2 de junio

MAS SOBRE LA SENTENCIA PINCHANDO AQUI     http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/44061/sentencia-ap-zamora-99-2010-de-2-de-junio-arrendamiento-de-local-de-negocio-indefension-prueba

SENTENCIA SOBRE PROPIEDAD TERCERIA DOMNIO

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SENTENCIA LABORAL

RECARGO DE PRESTACIONES EN FAVOR TRABAJADOR EN ACCIDENTE LABORAL

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